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Ayudas compra primer barco, destinadas a jóvenes pescadores de Cantabria

Periodo de inscripción

Del 17/02/2022 al 17/05/2022

Información

Convocatoria para 2022 de las ayudas para apoyar la compra del primer barco destinadas a jóvenes pescadores en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

La finalidad de las ayudas es facilitar el acceso a la propiedad del primer buque de pesca por parte de jóvenes pescadores. La compra de un buque de pesca por un pescador o grupo de pescadores debe realizarse en su totalidad.

Estas ayudas serán cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca según lo previsto en la medida 1.4.3 del FEMP para Cantabria 2014-2020 de la siguiente manera: el 75% del total a través del FEMP y el 25% restante por parte de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

El proceso de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva.

El plazo de presentación de solicitudes será de tres meses, contado a partir del día siguiente a la publicación del extracto de convocatoria en el Boletín Ofi cial de Cantabria.

Convoca

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente. Gobierno de Cantabria

Requisitos

Podrán ser beneficiarios de las ayudas, los jóvenes pescadores cuyo domicilio fiscal se encuentre en Cantabria. A los efectos de esta resolución, se entenderá por "jóvenes pescadores" aquellas personas físicas que deseen adquirir por primera vez un buque pesquero y que, en el momento de presentar la solicitud, tengan menos de 40 años de edad y hayan trabajado al menos cinco años como pescadores o dispongan del título
de Patrón Local de Pesca (para buques menores o iguales a 12 metros de eslora entre perpendiculares) o del título de Patrón Costero Polivalente (para buques mayores de 12 metros y menores de 24 metros de eslora entre perpendiculares).

Asimismo, deberán reunir los requisitos siguientes:

  • Adquirir por primera vez la propiedad de un buque de pesca equipado para la pesca marina, cuya eslora total sea inferior a 24 metros y cuya antigüedad esté comprendida entre 5 y 30 años.
  • Que el buque adquirido pertenezca a un segmento de fl ota respecto del cual el informe sobre capacidad pesquera a que se refi ere el artículo 22, apartado 2, del Reglamento (UE) 1380/2013 muestre equilibrio con las posibilidades de pesca disponibles para dicho segmento, en el momento de la concesión de la subvención, extremo este que será comprobado por la Administración.
  • Estar dado de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

Dotación

La cuantía concedida no será superior,independientemente del número de solicitantes, al 25% del coste de adquisición del buque pesquero ni excederá en ningún caso de 75.000 euros por barco.