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Becas de formación del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo 2023

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Periodo de inscripción

19/01/2023 to 20/02/2023

Información

El Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo convoca 10 becas de formación con la finalidad de que las personas con titulaciones universitarias y de grado relacionados con los ámbitos de actuación de este organismo puedan complementar sus conocimientos teóricos con una formación práctica.

Las plazas que se convocan son las siguientes:

  • Cinco becas para personas con grado en Arquitectura o con grado en estudios de Arquitectura con máster habilitante.
  • Una beca para personas con grado de Arquitectura Técnica.
  • Una beca para personas con grao en Ingeniería con máster en Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos o máster en Ingeniería industrial.
  • Dos becas para personas con grado en Derecho.
  • Una beca para personas con grado en Economía.

Las becas de formación se llevarán a cabo en jornada de mañana, de lunes a viernes, en las dependencias del IGVS, con la distribución territorial que se indica en la convocatoria.

El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el DOG. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hubiese día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

Convoca

Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

Requisitos

Podrán solicitar esta beca todas aquellas personas que en el momento de presentar su solicitud reúnan los siguientes requisitos:

  • Haber terminado el grado exigido con posterioridad al 1 de enero de 2019.
  • Tener competencia en lengua gallega en el nivel Celga 4, equivalente o superior.
  • No haber sido con anterioridad beneficiario de otra beca de formación del IGVS.
  • No tener empleo remunerado ni gozar de otra beca similar a esta. En otro caso, deberá renunciarse al empleo o a la beca con anterioridad al inicio de la formación.
  • No estar incursa en ninguna de las circunstancias especificadas en el artículo 10.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Dotación

El importe de cada beca será de 1.000 euros brutos al mes.