Ayudas creación de empresas para jóvenes agricultores, Galicia
Periodo de inscripción
Del 27/01/2023 al 27/02/2023Información
Convocatoria para el año 2023 de las siguientes líneas de ayuda incluidas en el Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020, en régimen de concurrencia competitiva:
Medida 4. Inversiones en activos físicos:
- Submedida 4.1. Apoyo a las inversiones en las explotaciones agrícolas (código de procedimiento MR405A. Ayudas para inversiones en las explotaciones agrarias).
Medida 6. Desarrollo de explotaciones agrícolas y empresariales:
- Submedida 6.1. Creación de empresas para las personas agricultoras jóvenes (código de procedimiento MR404A. Ayudas a la incorporación de jóvenes a la actividad agraria).
- Submedida 6.3. Creación de empresas para el desarrollo de pequeñas explotaciones (código de procedimiento MR405B. Ayudas para el desarrollo de pequeñas explotaciones agrarias).
Estas ayudas tienen como finalidad:
- a) Incrementar la competitividad y el rendimiento global de las explotaciones mediante su modernización.
- b) Asegurar la competitividad y la continuidad del tejido agrario.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, que se contará desde el día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia.
Convoca
Consellería del Medio Rural. Xunta de Galicia
Requisitos
Las personas que deseen acceder a las ayudas a la incorporación de personas agricultoras jóvenes a la actividad agraria deberán cumplir los siguientes requisitos, entre otros:
- Tener entre 18 y 40 años de edad, ambos incluidos.
- Cumplir la condición de persona agricultora profesional dentro de los 18 meses siguientes a la fecha de instalación.
- Poseer el nivel de capacitación profesional suficiente en el momento de la solicitud de la ayuda, según se establece en el Decreto 200/2012, de 4 de octubre, por el que se regula el Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia, o comprometerse a adquirirlo en un plazo improrrogable de 36 meses desde la fecha de instalación.
- La explotación en que se produce la instalación debe alcanzar, cuando finalice su plan empresarial, una renta unitaria de trabajo igual o superior al 35% de la renta de referencia anual e inferior al 12 % de ésta.
Ampliar información de los requisitos en la convocatoria.
Dotación
La ayuda se concederá por la ejecución del plan empresarial y consistirá en una prima cuya cuantía básica, calculada de acuerdo con una estimación de los costes de la Seguridad Social de la persona joven durante los cinco años de permanencia mínima en la actividad agraria, establecida en 25.000 euros, y podrá incrementarse en las situaciones indicadas en la convocatoria, sin que la ayuda total supere los 70.000 euros.