Becas de formación para el programa de trabajo del Consejo de Consumidores y Usuarios para el ejercicio 2025.

Periodo de inscripción:

Desde el 12/09/2025 hasta el 25/09/2025

Información:

La defensa de los consumidores es ejercida no solo por los poderes públicos, sino también por agentes privados y el cumplimiento de las normas que declaran derechos y establecen sistemas y procedimientos de protección compete a todos los sectores sociales y económicos. El objeto específico de la convocatoria es la concesión de cuatro becas para la formación práctica de titulados superiores en materia de consumo, en el Consejo de Consumidores y Usuarios, en régimen de concurrencia competitiva.

Convoca:

Ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030

Requisitos:

  • Las becas tendrán una duración de 12 meses y su concesión y, en su caso, renovación o prórroga, queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de ser dictada la resolución.
  • Estar en posesión o en condiciones de obtener la acreditación de la titulación universitaria de licenciatura o grado. Si se tratara de títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberá ser acreditada su convalidación y homologación.
  • La fecha de finalización de los estudios de licenciatura, grado o master oficial deberá haber tenido lugar en los cinco años anteriores a la fecha de la convocatoria.
     

Dirección:

Príncipe de Vergara, Nº54 
(28006) Madrid, (España) 
Tel.:91.822.44.66 / 91.822.44.39 
secretaria.ccu@consumo.gob.es
 

BOE:

11-09-2025

Dotación:

El importe mensual por becario será de 833,19 euros.

Más información:

  • Los interesados podrán presentar sus solicitudes, dirigidas al Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, de acuerdo con el modelo de instancia que se incluye como Anexo I ( Los Anexos de esta convocatoria se encuentran disponibles en la web del citado Ministerio), a través del Registro Electrónico General https://reg.redsara.es/, así como en los demás lugares y formas previstos en el apartado 4 del artículo 16 la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Enlaces externos: