Oposiciones Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado
Periodo de inscripción
Del 21/02/2023 al 20/03/2023Información
Se convocan dos procesos selectivos para ingreso en el Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado, código 0012, uno para cubrir 29 plazas por el sistema general de acceso libre y otro para cubrir 25 plazas por el sistema de promoción interna.
Para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33% se reservará una plaza de las convocadas por el sistema general de acceso libre, y una plaza de las convocadas por el sistema de promoción interna.
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para los aspirantes que se presenten por el sistema general de acceso libre y mediante el sistema de concurso- oposición para los aspirantes que se presenten por promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I de la convocatoria.
Los procesos incluirán la superación de un curso selectivo.
Plazo de presentación de solicitudes: veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Convoca
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Requisitos
Nacionalidad: sólo podrán participar los candidatos de nacionalidad española, según lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.
Titulación: los aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Grado o de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, al finalizar el plazo de presentación de instancias. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.