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Convocatoria Subvenciones Injuve 2020

27/05/2020

Plazo para presentar las solicitudes: del 28 de mayo al 24 de junio de 2020.

Banderolas en la sede del Injuve sobre asociaciones juveniles

El Instituto de la Juventud de España convoca la concesión de subvenciones para el mantenimiento, funcionamiento y equipamiento de asociaciones juveniles, organizaciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud de ámbito estatal, para el año 2020.

Podrán solicitar estas subvenciones las entidades u organizaciones de carácter no gubernamental que estén legalmente constituidas y en su caso, debidamente inscritas en el correspondiente Registro Público de ámbito estatal como:

  • Asociaciones juveniles, Federaciones o Confederaciones de Asociaciones Juveniles
  • Secciones Juveniles de entidades sociales u organizaciones no gubernamentales, integradas por los miembros jóvenes de la entidad, que tengan reconocidos en sus Estatutos autonomía funcional, organización y gobierno propio para los asuntos específicamente juveniles.
  • Entidades prestadoras de servicios a la juventud, dedicadas con carácter exclusivo a la realización de actividades en favor de la juventud según previsión expresa en sus Estatutos.

Y que cumplan los demás requisitos que se establecen en la convocatoria.

De conformidad con los artículos 14.2 y 16.3 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en tanto los eventuales solicitantes a los que está dirigida esta convocatoria son personas jurídicas, están obligados a relacionarse con la Administración mediante el empleo de medios electrónicos. En este sentido, cumplimentarán y presentarán sus solicitudes a través de la aplicación informática SIGES. Las solicitudes se dirigirán a la Directora General del Instituto de la Juventud, y deberán ser firmadas por el representante legal de la entidad.

El plazo para presentar las solicitudes comienza el 28 de mayo y finaliza el 24 de junio.

Importante: antes de cumplimentar la solicitud leer en esta misma web la información sobre "gastos subvencionables, cuándo y dónde presentar la solicitud" (ver enlaces internos).

Más información: Debido a la situación actual, derivada del estado de alarma vigente en España desde el pasado mes de marzo, las consultas se realizarán exclusivamente por correo electrónico: ibarrasa@injuve.es; valderramaac@injuve.es

Para problemas técnicos en la aplicación informática: apoyoinformatico.siges@mscbs.es