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Convocatoria Subvenciones Injuve 2015. Gastos subvencionables, cúando y dónde presentar la solicitud.

09/07/2015

Gastos subvencionables

Estas subvenciones se destinan a cubrir los gastos que estén relacionados con el mantenimiento, funcionamiento y equipamiento de las estructuras centrales de las entidades a fin de facilitarles la disponibilidad de los medios precisos para el cumplimiento de sus fines, siendo subvencionables los siguientes:

El mantenimiento, que incluye la financiación de los gastos corrientes derivados del local en que se ubique la estructura central de la entidad y comprende: gastos corrientes en bienes y servicios, pequeñas reparaciones, suministros, material de oficina, y gastos de comunicación.

El funcionamiento incluye los gastos de las actividades estatutarias y de las tareas de coordinación, asesoramiento, gestión y administración que desarrolla la estructura central de la entidad.

La adquisición de equipamiento comprende el equipamiento únicamente para el local donde su ubiquen las estructuras centrales de las entidades.

¿Cuándo se pueden solicitar?

Se presentarán en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (9/7/2015).

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el próximo día 1 de agosto de 2015.

¿Dónde presentar la solicitud?

En el Registro del Instituto de la Juventud (C/ José Ortega y Gasset, 71, 28006 Madrid) o en las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno, o en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Con el objeto de facilitar la presentación de solicitudes a las entidades solicitantes de estas subvenciones, está disponible una aplicación informática (SIGES) a la que se puede acceder en https://siges.msssi.es, a través de la cual se podrá cumplimentar la solicitud y presentarla en soporte papel, o bien por registro telemático (firma digital).

A continuación encontrarás un documento de ayuda sobre "Cómo solicitar las Subvenciones Injuve 2015" y una relación con toda la Documentación que deberá acompañarse a la solicitud.

Más información:
Teléfonos Injuve: 91 782 76 95; 91 782 76 86 y 91 782 77 39.
Para problemas técnicos en la aplicación informática: apoyoinformatico.siges@msssi.es